Sep 08 2008

Se aprobó Proyecto de Licencias Especiales para los Trabajadores Privados.

Publicado por rruiz a las 12:44 am en Conociendo nuestros derechos., Derecho Laboral, General

Fuente:  Boletín del Electrónico  del Instituto Custa Duarte del PIT CNT.

Los trabajadores privados tendrán licencias especiales por estudio, por matrimonio, por nacimiento y por duelo, al aprobarse la ley correspondiente.

Ahora sólo resta que lo promulgue el Poder Ejecutivo y se haga ley en toda su dimensión. La ley establecerá licencias pagas anuales por estudio, por paternidad, adopción o legitimación adoptiva, por matrimonio y por fallecimiento de familiares cercanos. Los días de asueto no podrán canjearse por salarios o compensación alguna.
Una vez utilizados los 18 días de licencia a los que se tendrá derecho por ejemplo, por estudio, el beneficiado deberá presentar ante su empleador un documento que certifique legalmente estar cursando alguna materia curricular y que justifique por qué gozó del asueto. Además, para beneficiarse con la licencia el trabajador deberá contar con una antigüedad de seis meses en la empresa y avisar con 10 días hábiles de antelación. Las licencias por paternidad (son sólo para los padres y no para las madres, que ya de por sí y por razones naturales tienen derecho a un período de asueto), adopción o legitimación adoptiva, el beneficio será de tres días, incluido el día del alumbramiento o similar. En el caso de licencia por matrimonio, los trabajadores tendrán derecho también a tres días de asueto. Finalmente, las licencias por fallecimiento serán de tres días hábiles de extensión.

Recomendamos leer el Boletín del  28 de agosto  al 3 de setiembre de 2008 del Instituto Custa Duarte del PIT CNT. Para acceder a las noticias de dicho boletin electronico hacer Clic AQUI.

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